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Olivar en la zona afectada por el proyecto de exploración minera |
La Plataforma Sí a la Tierra Viva presenta alegaciones al plan de investigación de la mercantil al considerar que, simplista e incompleto, adolece de una evaluación detallada sobre numerosas especies de referencia, muchas de las cuales se encuentran en estado vulnerable o en peligro de extinción.
Hay que destacar que la extensa área solicitada para el proyecto de investigación “Neodimio” se asienta en una zona de gran importancia a nivel de biodiversidad y patrimonio natural para la Red Natura 2000, en especial en el ámbito ornitológico por su cercanía a la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Áreas esteparias del Campo de Montiel (código ES00000158) y dos zonas IBA (Important Bird Area): la 426 “Mudela” y la 184 “Campo de Montiel”, con la presencia de numerosas especies amenazadas y en peligro de extinción como el Águila imperial ibérica (Aquila adalberti). Llama la atención que en semejantes circunstancias la promotora solo haga referencia a algunas de ellas a nivel genérico sin haber realizado un estudio detallado de su presencia en el área solicitada, que abarca casi las 9.000 hectáreas en la provincia de Ciudad Real.
Por otra parte, la mercantil parece olvidar que en la zona del proyecto de investigación que ha dado en calificar como “Neodimio” existen poblaciones constatadas de lince ibérico (Lynx pardinus), también en peligro de extinción y auténtico emblema del patrimonio natural de Castilla-La Mancha, una especie que ha sido reintroducida en el área gracias a los programas Life+ Iberlince, para favorecer la recuperación del felino, y Life Lynxconnect, para fomentar la conectividad entre las poblaciones existentes.
El proyecto de la Quantum Minería, en definitiva, destaca con su indefinición y no aporta un estudio de flora y fauna concluyente que determine sobre el terreno cuales son las especies presentes en la zona de estudio (y su área de influencia) y de ser el caso su número y sus circunstancias actuales a nivel de conservación y protección, que debería reflejarse en un documento realizado a nivel profesional al menos durante el transcurso de un año completo teniendo en cuenta todas las variables que resulten pertinentes para el mismo.
INADECUADA EVALUACIÓN DEL IMPACTO SOBRE LA RED NATURA
Si bien la promotora señala que su plan de investigación minera entre los municipios de Santa Cruz de Mudela, Torrenueva y Valdepeñas tiene escasa incidencia sobre la Red Natura 2000 esto no se corresponde con la realidad pues según los requerimientos tanto de la Ley estatal 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, como de las directivas europeas de conservación de Hábitats y flora y fauna silvestres (92/43/CEE) y Aves (2009/147/CEE) es necesario efectuar una evaluación adecuada de los efectos de cualquier proyecto ante el riesgo de que afecte a los objetivos de conservación e integridad de los espacios integrados en la red ecológica europea y las zonas IBA.
En este sentido existe numerosa jurisprudencia que establece que la protección de las zonas amparadas por la Red Natura 2000 debe establecerse no solo dentro de los límites de este tipo de espacios sino que también debe abarcar zonas limítrofes, concretando que debe protegerse no solo la superficie específica de estos enclaves, sino que también ha de considerarse un área de exclusión periférica que garantice la inexistencia de afecciones a especies que requieren más espacio que el estrictamente protegido por el uso que realizan del territorio, como aves o mamíferos.
Así, la Comisión Europea, en su documento “Gestión de espacios de la Red Natura 2000” establece que “puede ser necesario poner en práctica medidas de conservación fuera del ámbito de zonas protegidas en Red Natura” si “los hechos externos pueden tener un impacto sobre las especies o espacios” que se encuentran dentro de ellas. Incluso la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza (UICN) ha recomendado a los Gobiernos, en las actas de su Congreso Mundial celebrado en Barcelona en 2008 “promover el establecimiento de zonas de amortiguación para los sitios de la Red Natura 2000 donde se pueden complementar las disposiciones vigentes contenidas en la Directiva Hábitats”.
TOTAL FALTA DE CONCRECIÓN
Por otro lado, no puede obviarse la omisión y/o indefinición de otros múltiples parámetros en el proyecto presentado por Quantum Minería como la localización concreta de los puntos de toma de muestras, que deberían estar georreferenciados, así como el detalle de su número máximo, el aporte del listado de todas las parcelas catastrales afectadas y su plan de vigilancia ambiental e incidencia sobre el patrimonio arqueológico, pues de la documentación presentada por la mercantil se deduce que este hecho se convierte en un mero acto de fe en las actuaciones de la empresa.
RESPONSABILIDAD PÚBLICA
Sí a la Tierra Viva considera, ante las reiteradas carencias del proyecto de la mercantil, que corresponde a la Administración el actuar bajo el principio de cautela o precaución garantizando no solo la protección medioambiental y social, sino también analizando objetivamente la solvencia técnica y financiera de la promotora a fin de evitar cualquier maniobra de carácter especulativo, razón por la que ha solicitado, entre otras cuestiones, la desestimación del proyecto y de ser el caso el sometimiento a un proceso ordinario -no simplificado- de evaluación de impacto ambiental.
UN PROYECTO CARENTE DE LICENCIA SOCIAL
Finalmente la asociación desea hacer constar que Quantum Minería y su plan de tierras raras carece de licencia social, ya que en su anterior intento quedó demostrada la inviabilidad técnica y ambiental de sus proyectos habiendo sido denunciada de manera reiterada por la ciudadanía, certificada por el Gobierno regional y ratificada por los tribunales de Justicia. En resumen, sin consentimiento informado y validación social ni deben ni pueden desarrollarse este tipo de planes extractivos.