15. La radiactividad de la planta de concentrado: asunto peligroso


Respecto a las emisiones DE RADIACTIVIDAD Y CONTAMINACIÓN POR METALES PESADOS, NINGUNA AUTORIZACIÓN CONSTA DEL CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR (CSN), siendo los informes presentados básicos y demasiado conservadores, aunque se reconoce que los valores del producto final de monacita gris de Matamulas son superiores a los niveles de exención fijados por la Guía 11- 02 del 02 del CSN, además el estudio es sesgado e interesado al basarse en estimar la dosis efectiva que recibiría un trabajador situado a 1 metro de un volumen de 1 m3 de monacita, durante un tiempo de exposición de 300 horas anuales, calculo totalmente escaso, dada las previsiones del trabajo programado de 8 horas diarias, durante 10 años, siendo el ritmo de trabajo de 220 Ton/h en explotación y/o de 740 Ton /h en tratamiento. Por tanto, los estudios son claramente insuficientes y no cubre los objetivos mínimos establecidos en el Documento de Alcance ni como instrumento apaciguador de la alarma social que sentimos los vecinos de pueblos más cercanos a la explotación, dada la composición química de la monacita, aproximadamente 60% óxidos de tierras raras + 23% de P2O5 + 10% SiO2 + 7% óxidos de hierro + 0,17 Torio + 0,02 Uranio.



Otro aspecto importante es que se analiza los efectos de contaminantes metálicos de dos muestras de suelo. No se analiza lo más pernicioso, el concentrado de Tierras Raras final, sus efectos en los trabajadores de la planta y en lo residentes cercanos. Tampoco se analiza los efectos del transporte del concentrado, que debería transportarse como materia peligrosa, considerando los valores de NGR obtenidos del documento [EPA 2012], y posibles elementos radioactivos.
En la planta de procesado se produce un proceso de concentración por etapas hasta llegar a un concentrado (óxidos) de Tierras Raras que emplea solamente un 0,25% del total de la masa de tierra extraída, luego no es representativa.
En la página 6 del estudio de impacto ambiental EIA (anexo G) presentado por Quantum claramente está escrito:
“El concentrado de monacita gris resultante del procesado del todo uno, contiene concentraciones de radionucleidos naturales que superan en órdenes de magnitud las concentraciones presentes en suelos sin perturbar. La planta de tratamiento proyectada debe pues definirse como una industria NORM (Naturally Occurring Radioactive Material). La industrias NORM son aquellas industrias no nucleares que o bien procesan materias primas que presentan concentraciones elevadas de radionucleidos naturales o bien, mediante su actividad propician la concentración de algunos de estos radionucleidos en algunos de sus productos o residuos. Como consecuencia, pueden existir incrementos de la exposición a radiaciones ionizantes de los trabajadores, y/ miembros del público que, en algunos casos, puede que no sean despreciables desde el punto de vista de la protección radiológica.”

Lo que indica que la concentración de radionucleidos naturales es elevada y debe aplicarse las normas NORM, pudiendo existir exposición elevada de los trabajadores a radiaciones ionizantes.